viernes, 28 de abril de 2017

MARCO LEGAL DE LA CONTABILIDAD EN COLOMBIA


MARCO LEGAL DE LA CONTABILIDAD.
Para comprender la contabilidad  y llevarla en debida forma, es preciso conocer el marco jurídico que la regula.
El marco jurídico de la contabilidad en Colombia está conformado por la ley 145 de 1960, en los artículos que aún siguen vigentes. Por la ley 43 de 1990,  por el decreto 2649 de 1993 y por el código de comercio.
Quizás la norma más importante es el decreto 2649 de 1993, por cuanto es esta la norma que regula los principios que debe observar la contabilidad. La contabilidad para que tenga validez como prueba y para que cumpla con sus objetivos, debe ajustarse a lo dispuesto por el decreto 2649 de 1993.
La ley 43 de 1990 reglamenta la profesión de Contador público, profesional en el que recae la responsabilidad de llevar la contabilidad en debida forma, esto es que debe asegurarse que la contabilidad cumpla con todas las normas que la reglamentan.
El código de comercio es quien reglamente la obligación de llevar contabilidad. Es quien establece cuales personas naturales o jurídicas deben llevar contabilidad.
El código de comercio en su título I, capítulo IV, se encarga de los libros de comercio entre los que se encuentran los libros de contabilidad, los requisitos de la contabilidad y otros aspectos relacionados.
Las anteriores normas son las principales puesto que existe una infinidad de decretos, circulares y resoluciones emitidas por las diferentes entidades estatales que de una u otra forma intervienen, regulan y vigilan la contabilidad, en especial la superintendencia de sociedades y aunque parezca un poco extraño, hasta la Dian ejerce un gran afecto a la hora de llevar la contabilidad.
La entidad encargada oficialmente de opinar y conceptuar sobre temas contables, es la Junta Central de Contadores por medio del Instituto Técnico de la Contaduría. TOMADO DE: gerencie.com

PRINCIPIOS DE LA CONTABILIDAD

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NORMAS INTERNACIONALES DE LA CONTABILIDAD Y DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF















viernes, 20 de enero de 2017

CONOZCA LOS DERECHOS A LA MATERNIDAD
Según la OIT, organización Internacional del Trabajo, haciendo referencia a la protección a la maternidad comenta:"La constitución de una familia es un objetivo muy preciado por muchos trabajadores. Sin embargo, el embarazo y la maternidad son épocas de particular vulnerabilidad para las trabajadoras y sus familias. Las embarazadas y las madres en período de lactancia requieren una especial protección para evitar daños a su salud o a la de sus hijos, y necesitan un tiempo adecuado para dar a luz, para su recuperación y para la lactancia. Al mismo tiempo, requieren una protección que les garantice que no van a perder sus empleos por el solo hecho del embarazo o de la baja por maternidad. Esa protección no sólo garantiza a las mujeres la igualdad en el acceso al empleo, sino que también les garantiza el mantenimiento de unos ingresos que a menudo son vitales para el bienestar de toda su familia. La garantía de la salud de las trabajadoras embarazadas y de las madres en período de lactancia, y la protección contra la discriminación en el trabajo, son condiciones requeridas para alcanzar una genuina igualdad de oportunidades y de trato para hombres y mujeres en el trabajo, y para permitir que los trabajadores constituyan familias en condiciones de seguridad."
(http://ilo.org/global/standards/subjects-covered-by-international-labour-standards/maternity-protection/lang--es/index.htm)

En el siguiente enlace podrá conocer más al respecto. La información fue tomada de la pagina Gerencie.com


CONOZCA ALGUNOS APARTES DE LA REFORMA TRIBUTARIA.

La firma del Presidente es el paso preliminar para que dicha iniciativa se convierta en ley de la República y comience a regir a partir del primero de enero del 2017.

No obstante, en materia del impuesto al valor agregado (IVA) la aplicación de la nueva tarifa del 19 se dará a partir del primero de febrero del 2017, dado que los establecimientos comerciales y de servicios tendrán un mes de gabela para que efectúen la remarcación de precios y ajusten sus sistemas, dijo Mauricio Cárdenas, ministro de Hacienda.
Conozca en el siguiente link. el abecé de la reforma tributaria recientemente publicado por MINHACIENDA. https://sites.google.com/site/cmoracontable/Abece_Reforma_Tributaria_2016.pdf?attredirects=0&d=1

jueves, 19 de enero de 2017

DEROGADO IVA TEÓRICO AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Mediante el artículo 376 de La Ley 1819 de 2016 se derogar el numeral 4 del artículo 437-2 del ET, que trataba sobre la obligación de retención de IVA en compras de bienes y servicios realizados por responsables del régimen común, a sujetos pertenecientes al régimen simplificado, lo que comúnmente denominábamos Reteiva asumido o IVA teórico.
Fuente de información:www.consultorcontable.com
Para más información entre al enlace:

miércoles, 18 de enero de 2017

REFORMA TRIBUTARIA
Estos son algunos puntos de las Reforma:
  • IVA pasaría  de 16% a 19%
El incremento de tres puntos será para los productos que actualmente cuentan con un impuesto al valor agregado (IVA) del 16%. Además, quedarían sin dicho impuesto los celulares que valgan menos de $650.000. Así mismo, este punto también propone que los estratos uno y dos no tendrán IVA en el servicio de internet.
  • Personas naturales tendrán que declarar renta a partir de ingresos superiores a $2'700.000
Actualmente las personas que tienen que declarar son aquella  que tienen ingresos por encima de $3'400.000. La Comisión de Expertos propuso que la base fuera de $1'500.000. De la misma forma, los negocios que reportan ingresos entre $43 millones y $104 millones podrán pagar mono tributo o impuesto a la renta.
  • Monotributo para pequeños negocios
Los dueños de negocios como peluquerías, tiendas de barrio y mercados pequeños, podrán escoger entre pagar el impuesto de renta (actualmente está en 3%  de sus ingresos) o acogerse al monotributo (que serían un 1% de sus ingresos totales). Adicionalmente, por temas de formalización tendrían derecho a tener un datáfono y por las transacciones que hagan, no pagarían retención de fuente.
  • Bebidas azucaradas tendrán impuestos
El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aseguró en el Congreso, que el impuesto será de $300 por litro a partir del momento en que se despacha la botella en el sitio de producción.
  • Canasta familiar sin IVA
Entre los productos que seguirán sin dicho impuesto en la nueva Reforma Tributaria presentada este miércoles, están la carne, los servicios públicos, las frutas y las verduras.
  • Seguirían exentas de impuestos entidades sin ánimo de lucro
El documento propone que las entidades sin ánimo de lucro como los fondos de pensiones, las asociaciones no tendrán que pagar renta pero tendrán que demostrarle a la Dian que desarrollan una actividad con fines sociales. Además tendrán que hacer públicas sus cifras como gastos de administración, pagos de nómina, ingresos, entre otros. En el caso de las cooperativas seguirán con el impuesto de renta reducido del 29%, pero su recaudo proveniente de pagos irá para las universidades públicas.
  • Se crearán impuestos verdes para todos los combustibles líquidos
El documento propone que sean excluidos el gas y el carbón, porque éste último paga hoy impuestos en el exterior y la mayoría de la producción de este se exporta.
Información tomada del ESPECTADOR (miércoles 18 de enero de 2017)
También le puede interesar: ingrese a los enlaces, para mayor información.
Fuente de información: Actualicese.com



jueves, 6 de octubre de 2016

ECONOMÍA SOLIDARIA

La economía solidaria o economía de solidaridad es una búsqueda teórica y práctica de formas alternativas de hacer economía, basadas en la solidaridad y el trabajo.

            El principio o fundamento de la economía de solidaridad es que la introducción de niveles crecientes y cualitativamente superiores de solidaridad en las actividades, organizaciones e instituciones económicas, tanto a nivel de las empresas como en los mercados y en las políticas públicas, incrementa la eficiencia micro y macroeconómica, junto con generar un conjunto de beneficios sociales y culturales que favorecen a toda la sociedad (Luis Razeto Migliaro)

Observe el siguiente vídeo https://youtu.be/ko7Qujp4DH
https://www.youtube.com/watch?v=UTnGcVVBl1k ( ¿Qué es una cooperativa y qué tipos de cooperativas existen en Colombia)
https://www.youtube.com/watch?v=Ct6CWa6O96Y&spfreload=5 ( Difencias entre los bancos y las cooperativas)
https://www.youtube.com/watch?v=-HPtI4MRxZk (organizaciones solidarias)
https://www.youtube.com/watch?v=x4RBfY0xuW8 (conceptos básicos de la economía solidaría)

viernes, 15 de julio de 2016

SISTEMAS DE INVENTARIOS

Los inventarios son una de las partidas generalmente más significativas en las entidades comercializa doras e industriales; la entrada en vigencia del Estándar Internacional trajo consigo algunas particularidades a tener en cuenta a la hora de medirlos para su inclusión en los estados financieros.
En el siguiente enlace encontrara información al respecto que le sera de mucha ayuda.

lunes, 11 de julio de 2016

ECONOMÍA SOLIDARIA

La economía solidaria o economía de solidaridad es una búsqueda teórica y práctica de formas alternativas de hacer economía, basadas en la solidaridad y el trabajo.

            El principio o fundamento de la economía de solidaridad es que la introducción de niveles crecientes y cualitativa
mente superiores de solidaridad en las actividades, organizaciones e instituciones económicas, tanto a nivel de las empresas como en los mercados y en las políticas públicas, incrementa la eficiencia micro y macroeconómica, junto con generar un conjunto de beneficios sociales y culturales que favorecen a toda la sociedad.  En el siguiente enlace encontrara material relacionado con el tema.
https://sites.google.com/site/cmoracontable/ECONOMIA%20SOLIDARIA%20%281%29.docx?attredirects=0&d=1

Para empresas de servicio en formas de administraciones públicas cooperativas, existe en la web un material interesante que quiero compartir: https://prezi.com/cn7n-3wnejfv/empresas-de-servicios-en-las-formas-de-administraciones-pub/#

jueves, 7 de julio de 2016

Competencias, Calidad, Trabajo en equipo, Liderazgo, Servicio, Creatividad, actitud

EXPLICACIÓN RECETA ESTÁNDAR

EXPLICACIÓN DE LA RECETA ESTÁNDAR

Una receta estándar es una lista detallada de todos los ingredientes necesarios para la preparación de un plato, la cual además de los ingredientes utilizados, también, debe incluir cantidades, la unidad que se utiliza para medir la cantidad (Kilogramos, Litros, etc.) el costo unitario y el costo total.
Descargue en el siguiente en la ce la explicación de la receta estándar.
Uno de los requisitos que debe realizar toda persona que desee formar una empresa, a demás de los tramites mercantiles, tributarios y laborales es, realizar su Balance Inicial, en los siguientes enlaces encontrara la forma más sencilla de realizarlos.
http://actualicese.com/actualidad/2016/05/06/balance-inicial-de-una-microempresa-ltda-aprenda-a-hacerlo-facilmente/

http://actualicese.com/actualidad/2016/05/13/balance-inicial-de-una-sociedad-por-acciones-aprenda-a-hacerlo-facilmente/

domingo, 1 de mayo de 2016

RECETA ESTANDAR

Uno de los temas más importantes, en costos para gastronomía, lo forma la receta estandar. En el siguiente enlace,  usted encontrara una explicación sobre el tema

https://sites.google.com/site/cmoracontable/CLASE%20SEMANA5.mp4?attredirects=0&d=1

domingo, 17 de abril de 2016

ESTRUCTURA ORGÁNICA DE UN HOTEL

Un organigrama es un esquema donde se representa gráficamente la estructura organizacional de un ente, empresa u organismo público. Como tal, el término organigrama es un acrónimo compuesto por la palabra 'organización' y el elemento '-grama', que significa ‘escrito’, gráfico’.
El organigrama de una empresa muestra gráficamente las jerarquías, relaciones y a veces hasta las funciones de los departamentos, equipos y personas que trabajan en la empresa.
En este sentido, el organigrama es una herramienta informativa y administrativa, pues en él se encuentran representadas las unidades departamentales, su distribución, facultades, funciones y competencias, así como información relativa a las atribuciones relacionales y las estructuras jerárquicas de la empresa. En cierto modo, el organigrama también simboliza los principios filosóficos sobre los que se sustenta la estructura organizativa de la compañía.
En el siguiente video nos da una idea más clara de la organización de un hotel 

CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS EN COLOMBIA

Uno de los temas más importantes que debe saber todo profesional, en contaduría, es conocer todos los aspectos tributarios, que le atañen no solo a las empresas, sino a toda persona que viva en el territorio Nal. en el siguiente enlace usted encontrara algunos aspectos importantes de la clasificación de los impuestos en Colombia.

COMO FUNCIONAN LOS IMPUESTOS EN COLOMBIA


IMPUESTOS EN COLOMBIA

El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contra-prestación directa o determinada por parte de la administración hacendaría (acreedor tributario).


viernes, 15 de abril de 2016

ELEMENTOS DEL TRIBUTO

Desde una perspectiva amplia la jurisprudencia constitucional ha definido los elementos de un gravamen como se reseña a continuación:

“[E]n la obligación tributaria, aparecen por un lado el sujeto activo, que es la entidad estatal con derecho para exigir el pago del tributo, el sujeto pasivo o persona en quien recae la obligación correlativa, el hecho gravado o situación de hecho indicadora de una capacidad contributiva a la cual la ley confiere la virtualidad de generar la obligación tributaria, y la base gravable y la tarifa, que son los elementos determinantes de la cuantía misma de la obligación” . para más información de click en el siguiente enlace:https://sites.google.com/site/cmoracontable/CLASIFICACI%C3%93N%20DE%20LOS%20ELEMENTOS%20DEL%20%20TRIBUTO.docx?attredirects=0&d=1

jueves, 14 de abril de 2016

IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO (INC)

La reforma tributaria del año 2012 (Ley 1607),  creó el impuesto nacional al consumo, el cual es un tributo de carácter monofásico generado por la prestación o la venta al consumidor final.
Para mayor información de click en el siguiente enlace:
https://sites.google.com/site/cmoracontable/Impuesto%20nacional%20al%20consumo.docx?attredirects=0&d=1

viernes, 12 de febrero de 2016

DEPRECIACIÓN DE ACTIVOS SEGÚN LA NORMA INTERNACIONAL

Para poder determinar la forma de depreciación de los activos fijos de una empresa, es importante tener en cuenta, que cuando se habla de plena aplica la NIC 16  y si es para PYMES no debemos remitir a la sección 17 de NIIF para PYMES.
 en los linck que encontrara a continuación usted encontrara la NIC 16  y la sección 17 de NIIF para PYMES.
También encontrara un material sobre el tema descargado de la pagina http://live.unisabana.edu.co/NIIF/Planes, que le servirá de mucho apoyo.
https://sites.google.com/site/cmoracontable/Secci%C3%B3n%2017%20PPYE%20NIIF%20para%20pymes.pdf

https://sites.google.com/site/cmoracontable/NIC16.pdf

https://sites.google.com/site/cmoracontable/17_PropiedadesPlantayEquipo.pdf

En cuanto a la depreciación es bien importante que cada empresa determine el método a utilizar, de acuerdo a sus necesidades. A continuación se presenta unos ejemplos de métodos de depreciación en el siguiente linck.
https://sites.google.com/site/cmoracontable/metodos-de-depreciacion.xls

jueves, 11 de febrero de 2016

LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES, VACACIONES Y HORAS EXTRAS

Una de las áreas de desempeño, en que puede laborar un Técnico profesional en contabilidad y Finanzas, es el departamento de Recursos humanos, razón por la, el conocer los aspectos de liquidación de Liquidación, Prestaciones, Vacaciones y horas extras, sera una competencia que  puede ser  evaluada por la empresa, como parte del ingreso.
En el linck que encuentra a continuación, encontrara las formulas de liquidación, descargadas de la Web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.


En este linck encontrara  el formato de la primera sección de la nómina (Devengado)